Juan Antonio García Amado
Sobre el caso que se va a analizar se pronunció en primera instancia por la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección 1ª, en su Sentencia número 14/2006, de 2 de noviembre. Recurrida en apelación esa sentencia, tal recurso fue resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sentencia 10/2007, de 26 de abril. Contra esta última se presentó recurso de casación que el Tribunal Supremo resolvió en la sentencia 56/2008, de 28 de enero.

1. Narración del caso
Primeramente, expondré aquí una elemental narración de los hechos que no compromete los detalles discutidos en cuanto a la valoración de hechos probados ni la calificación jurídica de las conductas de los acusados. La víctima en el caso (en adelante a esta persona la llamaremos V) fue el conductor de un coche, quien tuvo una crisis cardiaca mientras circulaba solo en su vehículo y fue a estrellarse contra unos contenedores de basura. Apercibidos algunos viandantes, acuden al lugar y, ante lo que ven, uno decide llamar a los servicios médicos de emergencias y otro camina hacia un centro médico que se encontraba a unos cincuenta metros del lugar en el que estaba V. Esa persona llama a la puerta del centro médico y lo recibe un celador, a quien le dice cómo ha visto a V y le explica que necesita asistencia médica. Ese celador (en adelante C), que no tiene titulación ni formación sanitaria, no se desplaza en ningún momento a donde está V en situación grave, sino que hace dos cosas: avisa telefónicamente a los servicios móviles de emergencia, desde cuya centralita se le informa de que ya va en camino una unidad móvil con el correspondiente personal sanitario; y avisa también al médico de guardia (en adelante M) que está en ese mismo centro de C. Para esto último llamó a la puerta tras la que el médico se encontraba y cuando de inmediato este le abrió, le informó de todos los detalles que ya sabemos: que allí cerca estaba V probablemente necesitado de asistencia médica y que iba en camino una unidad móvil para asistirlo. M tampoco se desplaza a donde estaba V. En un momento que no se sabe exactamente, V muere. Cuando llegan los servicios asistenciales móviles ya no hacen intentos de reanimación, pues dan el fallecimiento por irreversible.